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La conocida cédula de excomunión se encuentra sobre cada una de las cuatro esquinas de la “Antigua librería”. El castigo papal para quien robara libros en la Biblioteca aparece por primera vez en las Constituciones del Estudio salmantino de 1411, que sentenciaban: …y estos libros y pecias no puedan ser empeñados, destruidos o en cualquier caso vendidos. A los que obraren en contrario o lo permitieren los incluimos en excomunión, de la que no puedan ser absueltos hasta que lo destruido, empeñado o en otros casos vendido o robado fuere devuelto a su estado original. Tras la reconstrucción de 1749, se hizo obligatorio fijar la cédula a las puertas, tal como figura en el Reglamento aprobado por el Consejo de Castilla en 1766: La experienzia ha demostrado que no estan de mas, y que antes bien son utilissimas todas las precauziones que se toman para la mas segura custodia de los libros, y siendo una dellas la de fijar Zensura en las puertas principales de la Bibliotheca. Se tomará esta probidenzia para que ninguna persona de qualesquiera condizion, o calidad que sea pueda, sin espreso mandato de la Universidad, o de alguna de sus junctas de facultades, o librería, extraher libro alguno de la Bibliotheca, papel ni alajas della, sin incurrir en excomunion Maior. Se publicara dicha Zensura todos los años al prinzipio del curso, para que ninguno pueda alegar ignoranzia.